La Redacción
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Santo Domingo, RD.- El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condeno a 30 y 20 años de prisión a Yeison Manuel Lugo Roa, alias Mi Niño, y Frank May Núñez de la Rosa, alias Nenuco, acusados por la Fiscalía de quitarle la vida a Vladimir Rossó Ramírez, raso de la Policía Nacional, a quien le sustrajeron su arma de reglamento.
El tribunal compuesto por los jueces Gisselle Soto, Clara Castillo y Daivy Peguero, sentenció a 30 años de prisión al acusado Lugo Roa, mientras que a Núñez de la Rosa a 20 años de cárcel, ambas sentencias a cumplirlas en la Penitenciaría Nacional La Victoria.
El expediente narra que en la noche del 15 de enero 2016, en la calle Juan Eraso casi esquina Pedro Livio Cedeño, sector Villa Juana, el acusado Yeison Manuel en complicidad con Frank May y el imputado Lewin Rodríguez (a) El Ñato, declinado a la jurisdicción de Niños, Niñas y Adolescentes, perpetraron el crimen, siendo captados por la cámara de vigilancia de un establecimiento comercial del área.
Las procuradoras fiscales litigantes Rosa Alba García y María Silvestre expusieron que en momentos en que Rossó Ramírez compartía con un primo, en la citada dirección, los asaltantes se presentaron al lugar. “Alias Mi Niño portaba un arma ilegal, mientras alias Nenuco forcejeaba con la víctima para despojarle de su arma, fue en esas circunstancias que Lugo Roa le realizó múltiples disparos”, destacaron las fiscales.
De inmediato, Frank May Núñez de la Rosa (a) Nenuco tomó el arma de la víctima y emprendió la huida en una motocicleta junto a Yeison Manuel Lugo Roa (a) Mi Niño y el menor de edad. En tanto que la víctima falleció en el lugar de los hechos, a causa de una hemorragia interna que le provocaron las heridas de bala que recibió.
El Ministerio Público calificó el presente caso como homicidio voluntario, robo con violencia, porte ilegal de arma de fuego y complicidad, delitos previstos y sancionados en los artículos 59, 60, 295, 304, 379, 382 y 385 del Código Penal Dominicano y en los artículos 2, 3 y 39 de la Ley 36.