El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó la acción de amparo preventivo de extrema urgencia interpuesta por Guido Gómez Mazara en contra del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), quien alegaba se le estaría violando el derecho al uso de los locales de esa organización.
La sentencia (TSE-015-2018) adoptada con el voto unánime de los jueces que componen el alto Tribunal electoral, establece que el partido blanco “no ha actuado con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta en la respuesta en la que invita al accionante (Gómez Mazara) a tramitar su solicitud por ante los organismos correspondientes”.
El PRD dio a conocer la decisión, mediante nota enviada a la prensa, calificando la misma de “satisfactoria, atinada y correcta desde el punto de vista jurídico”.
Reiteran, asimismo, que todos los miembros del PRD, incluyendo sus principales dirigentes nacionales, deben cumplir en forma estricta, con las normas y reglamentos internos, especialmente en la actualidad, “dado el orden y la institucionalidad que vive el partido de la bandera blanca”.
Subrayan que la disciplina y la organización que reclama y demanda la sociedad dominicana, es el fundamento del proceso de dinamización y crecimiento que vive ese partido, tanto en territorio nacional como en las seccionales del exterior.
La decisión adoptada por el Tribunal Electoral está firmada por los magistrados Ramón A. Jáquez Liriano, juez presidente, Rafaelina Peralta Arias y Ramón Arístides Madera Arias, jueces titulares, asistidos por Sonne Beltré Ramírez, secretario general, respectivamente.