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Conozca los servicios que las empresas Fintech pueden prestar en Venezuela

La Resolución N° 001.21 de la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) crea un marco regulatorio concreto para las empresas de tecnología financiera, lo que puede constituir un paso fundamental para terminar de cimentar la modernización de los servicios financieros en el país.

La norma fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 42.151, fechada el pasado 17 de junio de 2021.

Un elemento medular de la norma es conocer cuáles son los servicios que las empresas denominadas Fintech podrán prestar en el país. La firma consultora BDO, en un boletín sobre esta resolución, los resume:

– 1. Productos de Pago y Almacenamientos de Dinero.

– 1.1 Ahorros Automatizados de las Cuentas de los Usuarios a una Nueva Cuenta: Proporciona la posibilidad de ordenar transacciones en las cuentas bancarias del usuario, previa autorización al proveedor del servicio, para acceder a sus cuentas bancarias y realizar transferencias a cuentas de depósito u otras cuentas remuneradas en una institución diferente.

– 1.2 Ahorros Automatizados en redes sociales de cuentas de usuarios a una plataforma P2P: Servicio prestado a los usuarios de las redes sociales, en forma de software de diálogo automatizado (conocido como chatbots) insertado en el sistema de mensajería, en lugar de aplicaciones de telefonía móvil.

El chatbot desarrollado tiene la capacidad de conectarse con instituciones financieras, con la autorización del usuario, a través de una API.

– 1.3 Pagos Móviles: Pago de compras por parte de los usuarios a través de un teléfono u otro dispositivo móvil; puede permitir la transferencia de fondos a terceros, cargados a las cuentas bancarias o tarjetas de crédito de los usuarios en una Institución Bancaria.