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Potentini asegura sentencia de TSE sobre conflicto en CARD constituye una perturbación a la democracia y constitución

Santo Domingo, RD.- El presidente electo y juramentado del Colegio de Abogados de la República Dominicana, Trajano Potentini, aseguró hoy que la sentencia ya motivada del Tribunal Superior Electoral (TSE), sobre el conflicto y crisis en el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), dada con el voto favorable de los jueces, Ignacio Pascual Camacho Hidalgo, Fernando Fernández y Yermenos Forastieri, constituye una perturbación al sistema democrático y al orden constitucional. 

Potentini reiteró que se trata del mayor desacierto cometido por tribunal alguno del país, manifiestamente incompetente para conocer de los conflictos de los gremios profesionales, sin dudas el único precedente que existe en el mundo, donde una autoridad electoral de naturaleza pública y constitucional, se adjudica la competencia para conocer temas privados, sólo bastaría con consultar en GOOGLE, para comprender la transgresión de esta desafortunada sentencia. 

Esta sentencia sin lugar a dudas es un monumento al quiebre de la independencia e imparcialidad judicial, violatoria por demás a la constitución, a las leyes electorales, incluso a sus propias decisiones, y peor aún inobservando los precedentes vinculantes del Tribunal Constitucional Dominicano (TC). 

Asimismo, el jurista y presidente electo del CARD, felicitó y destacó el voto disidente y valiente de las dos magistradas del Tribunal Superior Electoral, Rosa Pérez y Hermenegilda del Rosario Fondeur, quienes expusieron los vicios, violaciones y algunas de las barbaridades contenidos en la referida sentencia, desde violación al debido proceso de ley, desnaturalización del amparo, cambio del objeto del pedimento inicial en el amparo, ausencia de violación de derechos fundamentales, otras vías idóneas para conocer el conflicto, falta de calidad de algunos de los accionantes, hasta el desconocimiento de sus propios precedentes y la contradicción con otras decisiones del Tribunal Constitucional. 

Otras violaciones de la sentencia del TSE. 

De su parte Potentini y luego de un análisis profundo de las 85 página que componen la decisión, criticó que la misma indefectiblemente subvierte el orden constitucional, y con ello a saber; a) Viola el principio de separación de los poderes, al adjudicarse competencias propias del Poder Judicial, b) Genera un conflicto de competencias, c) Violenta el principio de seguridad jurídica, d) Desconoce el principio de jerarquía normativa, al erigirse en juez y parte propiciándose competencias en un reglamento que las leyes, ni la constitución les acuerdan, e) Prostituyen y desnaturalizan la figura del amparo, f) Violan la inmutabilidad del proceso, con el cambio de objeto y propósito del amparo inicial, g) Desbordan el alcance del amparo, anulando resoluciones que son propias de un litigio contencioso, h) Se abrogan la capacidad de crear derechos fundamentales, caso concreto el derecho al voto en los gremios, pese a que reiteradamente el tribunal constitucional ha establecido que es un voto estatutario y que para que sea fundamental tiene que estar orientado al acceso a los cargos públicos y dediciones democráticas enmarcadas en la constitución, i) También legislan al crear una competencia dual sobre el amparo, en los pueblos los tribunales ordinario y en la capital el TSE, para conocer los temas de los gremios y otros similares, j) Disfrazan el derecho al voto (elegir y ser elegido), en los gremios  como un derecho fundamental, dentro del marco de la libertad de asociación, este último derecho que nunca tuvo en juego, ni presente en el amparo, en fin entre otras tantas violaciones.