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Finjus y oposición rechazan el recurso contra el transitorio sobre reelección

SANTO DOMINGO. El sometimiento de un recurso de inconstitucionalidad contra el transitorio artículo 20 de la Constitución provocó contradicciones jurídicas y políticas, pues mientras la oposición, organismos de la sociedad civil y sectores del partido oficial lo rechazan, legisladores seguidores de presidente Danilo Medina estiman que este artículo no le impide repostularse en el 2020.

La Fundación Institucionalidad y Justicia, (FINJUS), argumentó que la vigésima disposición transitoria “es sumamente clara, bajo ningún concepto esta podría afectar los derechos de los gobernantes ni tampoco generar un marco desigual de posibilidades para el acceso al poder”.

La Finjus afirma que el texto constitucional ha sido muy específico sobre la imposibilidad de que el presidente de la República pretenda optar por un tercer período, como sería el caso en la actualidad con el mandatario de turno.

La institución señaló que ninguno de los dos esquemas genera una suerte de afectación al primer ciudadano de la República en el marco de la igualdad, sino todo lo contrario; se trata de un obstáculo frente a la posible perpetuación en el poder y una garantía importante para la democracia.

“Desde FINJUS, consideramos que apelar a este precepto carece de un reconocimiento de la realidad fáctica y del concepto jurídico-constitucional referente a la igualdad”, dijo la organización.

El director legal del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Sigmund Freund, aseguró que el Tribunal Constitucional (TC) aplicará la ley y declarará inadmisible la referida acción porque de lo contrario estaría abriendo una compuerta “muy peligrosa para la paz social y la institucionalidad democrática del país”.

“El TC no puede revisar la constitucionalidad misma de nuestra norma superior, sino que es una potestad única del Constituyente”, enfatizó.

Sostuvo que tanto la Constitución de la República como la Ley 139-11 establecen cuáles son las atribuciones del TC y en resumen son las de garantizar la supremacía de la Carta Magna.

“La acción directa de inconstitucionalidad interpuesta ante el TC que tiene como finalidad la habilitación legal para que el presidente Danilo Medida pueda reelegirse es un absurdo jurídico del accionante”, expresó.